NCO — Taller de Arquitectura Texcoco de Mora · Tepetlaoxtoc, Estado de México

Propiedad y regularización de inmuebles en México

Del traslado de dominio entre particulares a la regularización de lotes de origen ejidal. Responda el diagnóstico o consulte directamente las rutas.

Rutas de regularización

Cinco procedimientos ordenados del más simple al más complejo. El nivel de riesgo refleja la incertidumbre jurídica del punto de partida, no la dificultad del trámite.

Dependencias e instancias

Ante quién se realiza cada gestión y qué resuelve cada instancia.

InstanciaCompetenciaInterviene en
Notaría PúblicaFormaliza compraventas, donaciones y adjudicaciones en escritura pública; determina y entera los impuestos que le correspondan conforme al acto y legislación aplicable.Rutas A, B (cierre), D (cierre), E (cierre)
RPP de la entidad
Registro Público
Registro Público de la Propiedad competente; por ejemplo, IFREM en el Estado de México. Inscribe escrituras, sentencias e inmatriculaciones; expide certificados de libertad de gravamen.Rutas A, B, D, E
Autoridad catastral
Municipio o entidad competente
Valor catastral, clave catastral, traslado de dominio municipal, certificación de planos y levantamientos topográficos.Todas las rutas
RANRegistro Agrario Nacional. Inscribe certificados parcelarios, cesiones de derechos, listas de sucesión, actas de asamblea y la adopción del dominio pleno.Rutas C, D, E
Procuraduría AgrariaAsesora a ejidatarios y avecindados; participa en asambleas de formalidades especiales, con funciones distintas de la fe pública del fedatario; concilia conflictos.Rutas C, D, E
Tribunal Unitario AgrarioResuelve controversias agrarias: reconocimiento de avecindados, prescripción de derechos parcelarios, nulidades de actos y contratos sobre tierras ejidales.Ruta E (vía contenciosa)
INSUSInstituto Nacional del Suelo Sustentable (antes CORETT). Regulariza asentamientos humanos sobre suelo de origen ejidal mediante expropiación concertada o aportación de tierras.Ruta E (vía institucional)
Juzgado Civil
Poder Judicial de la entidad
Juicios de usucapión e inmatriculación judicial sobre propiedad privada.Ruta B

Glosario

Términos en el orden en que suelen aparecer en un expediente.

Dominio pleno
En esta guía, adopción del dominio pleno se refiere a la desincorporación de una parcela ejidal conforme a los artículos 81 a 86 de la Ley Agraria. La propiedad privada resultante sigue sujeta a restricciones urbanísticas, ambientales, fiscales y registrales.
Traslado de dominio
Transmisión de la propiedad mediante el acto y las formalidades aplicables. Sus obligaciones fiscales, notariales y registrales deben confirmarse según la operación y entidad.
ISAI impuesto sobre adquisición de inmuebles
Impuesto sobre adquisición o traslado de dominio, con denominación, base, tarifa, beneficios y autoridad recaudadora según la legislación local. Confirme el ejercicio fiscal aplicable.
Certificado parcelario
Documento expedido por el RAN que acredita el derecho de un ejidatario sobre una parcela delimitada. No es escritura: ampara derechos agrarios, no propiedad privada.
Avecindado
Persona que ha residido un año o más en el núcleo ejidal y es reconocida como tal por la asamblea o por el Tribunal Agrario. Es el único tercero que puede adquirir válidamente derechos parcelarios por cesión.
Derecho del tanto
Preferencia para adquirir en igualdad de condiciones. Los beneficiarios, orden y notificaciones difieren entre cesión agraria y primera enajenación posterior al dominio pleno: revise los artículos 80 y 84 para el acto concreto.
Asamblea de formalidades especiales
Asamblea ejidal que decide asuntos trascendentes —como autorizar el dominio pleno— y que exige convocatoria con un mes de anticipación, quórum de 75 % en primera convocatoria, voto de dos terceras partes, fedatario público y presencia de la Procuraduría Agraria (arts. 23 a 28 y 31, Ley Agraria).
Usucapión prescripción positiva
Vía de adquisición por posesión sujeta a requisitos, plazos y exclusiones de la legislación civil aplicable. Requiere analizar el expediente y la resolución que corresponda; no se presume por acumular recibos o años de ocupación.
Inmatriculación
Primer ingreso de un inmueble al Registro Público cuando carece de antecedente registral. La vía administrativa o judicial, si existe, depende de la legislación de la entidad y del expediente.
Folio real electrónico
Identificador único del inmueble en el RPP de la entidad donde constan titular, superficie, gravámenes y anotaciones. Su certificado de libertad de gravamen es la primera verificación de cualquier compra.